Hace unos días me solicitaron que orientara al alumnado de un centro escolar sobre la condición de las personas refugiadas. La actual situación en Ucrania despertó el interés de estas chicas y chicos. Sin entrar en muchos detalles sobre las causas de esta injusta y brutal agresión, mi objetivo era que adquiriesen una visión general de los instrumentos jurídicos que amparan a estas personas.
Los conflictos armados son la causa más frecuente de los grandes desplazamientos humanitarios. La falta de seguridad, los graves riesgos y las carencias esenciales obligan a estas personas a abandonar sus países. Cuando se habla de desplazamientos, es preciso diferenciar entre los desplazamientos internos y aquellos que cruzan las fronteras del país.
Según el ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados), un desplazado es:
“Personas o grupos de personas que han sido forzados u obligados a huir de sus hogares o lugares de residencia habitual, o a abandonarlos, en particular a causa de un conflicto armado, situaciones de violencia generalizada, violaciones de los derechos humanos, desastres naturales o causados por el hombre, y que aún no han cruzado una frontera reconocida internacionalmente entre Estados.”
Los grupos de personas desplazadas internamente (IDP, por sus siglas en inglés) tienen reconocido el derecho a la plena protección nacional, además de los derechos garantizados al resto de los ciudadanos de su Estado. No se contempla una distinción desfavorable motivada por su desplazamiento; es decir, gozan de la protección de diversas ramas del Derecho, principalmente del derecho nacional o interno. En los casos de conflicto armado, también se aplica el Derecho Internacional Humanitario (DIH).
El Derecho Internacional Humanitario (DIH)
El DIH, también conocido como las leyes de la guerra, regula la conducta de los conflictos armados y busca limitar sus efectos para proteger a las personas que no participan o han dejado de participar en las hostilidades. Sus principales convenios son los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales.
El Derecho Humanitario establece que se deberá proceder al regreso de los desplazados a su hogar tan pronto como cesen las hostilidades. Su objetivo prioritario es prevenir los desplazamientos forzosos y ofrecer garantías para la aplicación de los derechos fundamentales. Entre las principales disposiciones del DIH destacan:
- Prohibición de atacar a civiles: Los civiles deben ser protegidos de los ataques y de los efectos de las hostilidades.
- Protección de bienes indispensables para la supervivencia: Se prohíbe destruir o inutilizar bienes necesarios para la subsistencia de la población civil, como cultivos y fuentes de agua.
- Tratamiento humano: Todas las personas deben ser tratadas con humanidad en todas las circunstancias, prohibiéndose la tortura, los tratos crueles, inhumanos y degradantes.
- Asistencia humanitaria: Las partes en conflicto deben permitir y facilitar el paso de socorro humanitario para la población civil.
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH)
El DIDH se aplica en todo momento, tanto en tiempos de paz como de conflicto, y protege los derechos y libertades fundamentales de todas las personas. Los tratados más importantes en esta materia incluyen:
- La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948): Establece derechos fundamentales como el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona.
- El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966): Garantiza derechos como la libertad de expresión, de reunión y de religión.
- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966): Protege derechos como el acceso a la educación, la salud y un nivel de vida adecuado.
El DIDH prohíbe la tortura, los tratos inhumanos, degradantes y crueles. El derecho a la seguridad, la alimentación, la salud, la vivienda digna, la educación y el acceso al trabajo son garantías de protección durante todo el tiempo del desplazamiento.
Refugiados
Las personas que cruzan las fronteras como consecuencia de un conflicto armado -interno o transfronterizo- adquieren el reconocimiento internacional de refugiados y tienen protección jurídica específica, especialmente bajo:
- Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados (1951): Define quién es un refugiado y los derechos y obligaciones de los refugiados, así como las obligaciones de los Estados para con ellos.
- Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados (1967): Amplía el alcance temporal y geográfico de la Convención de 1951.
- Convención de la Organización de la Unidad Africana (OUA) sobre los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África (1969): Aborda las características únicas de los problemas de refugiados en África.
- Declaración de Cartagena sobre los Refugiados (1984): Adopta una definición más amplia de refugiado en el contexto de América Latina.
- Resoluciones aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas: Varían en temas y proporcionan directrices adicionales sobre la protección de los refugiados.
El DIH se aplica en situaciones de guerra tanto a los desplazados como a los refugiados, ya sea dentro o fuera de las fronteras de un país implicado en un conflicto armado, siempre que no participen en las hostilidades. Otorga una protección jurídica especial.
El DIH prohíbe expresamente obligar a las personas civiles a abandonar su lugar de residencia, a menos que sea necesario por razones de seguridad o de imperiosa necesidad. En caso de producirse el desplazamiento, establece toda una batería de normas de protección:
- Prohibición de que las personas civiles sean objeto de ataques indiscriminados.
- Prohibición de causar hambre a la población civil y de destruir los bienes indispensables para su supervivencia.
- Prohibición de infligir castigos colectivos y selectivos, así como la destrucción de viviendas y bienes esenciales.
- Obligación de que las partes en conflicto autoricen el envío de socorro y auxilio a la población civil necesitada.
El Derecho Internacional Humanitario es jurídicamente vinculante, tanto para los Estados como para los agentes no estatales.
El papel de los educadores sociales
Como profesionales de la educación social, es fundamental que promovamos el conocimiento y la aplicación del DIH y del DIDH en todas aquellas ocasiones en las que tenemos oportunidad. Educar a las nuevas generaciones sobre estos temas no solo contribuye a una mayor comprensión de la situación de las personas refugiadas y desplazadas, sino que también fomenta valores de respeto, solidaridad y humanidad.
Referencias
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). (s.f.). Definición de desplazado. Recuperado de https://www.acnur.org
Asamblea General de las Naciones Unidas. (1984). Declaración de Cartagena sobre los Refugiados. Recuperado de https://www.acnur.org/cartagena
Asamblea General de las Naciones Unidas. (1967). Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados. Recuperado de https://www.acnur.org/protocolo1967
Convención de la Organización de la Unidad Africana. (1969). Convención sobre los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África. Recuperado de https://www.acnur.org/africa1969
Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos. Recuperado de https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights
Naciones Unidas. (1951). Convención sobre el Estatuto de los Refugiados. Recuperado de https://www.acnur.org/convencion1951
Naciones Unidas. (1966). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Recuperado de https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/international-covenant-civil-and-political-rights
Naciones Unidas. (1966). Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Recuperado de https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/international-covenant-economic-social-and-cultural-rights
Comité Internacional de la Cruz Roja. (s.f.). Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales. Recuperado de https://www.icrc.org/es/document/los-convenios-de-ginebra-de-1949-y-sus-protocolos-adicionales
Imágenes realizadas con DALL-E-3
Deja una respuesta